Proteger tu empresa debe ser prioridad para ti.
La carta de confidencialidad es un contrato entre tu empleado y tu empresa por medio del cuál el colaborador se compromete a guardar los secretos y confidencialidad de tu empresa.
La información que maneja tu empresa constituye uno de sus bienes más valiosos y pocos dueños de negocios son conscientes de ello.
¿Te imaginas que tu colaborador revelará o vendiera estos secretos? Necesitas evitar que pueda sucederle a tu empresa.
Este documento se utiliza mayormente para evitar que la empresa sea víctima de amenazas, espionaje y otros ataques de parte del trabajador que con respecto a la información confidencial que maneja de la empresa.
Se considera información confidencial la que está relacionada con clientes, proveedores, estudios de mercado, procesos de negocio, planes estratégicos y de marketing, datos financieros.
Por el contrario, no se considera información reservada los conocimientos que tenga el empleado antes de acceder al puesto de trabajo ni los que sean conocidos por medios informativos.
¿Qué pasa si el empleado / colaborador revela algún secreto o divulga información?
Si el empleado o colaborador llegará a revelar algún secreto, divulgar información e inclusive venderla o utilizarla para sus propios fines dentro del plazo del contrato, la empresa puede estar facultada para darle de baja o despedirlo, sin que esto llegaré a ser considerado un despido injustificado, así mismo podría solicitarse una indemnización por los daños y perjuicios o inclusive podría ser acreedor a una sanción penal, misma que esta prevista en el Código Penal para el Estado de Yucatán como INVIOLABILIDAD DEL SECRETO y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL.
Personalmente recomendamos firmar la carta de confidencialidad junto con los contratos laborales, esto con el objetivo de asegurar lo mejor posible a tu empresa contra futuros problemas.